Auxilio por Incapacidad médica temporal
En el caso que ocurra una incapacidad médica por 4 días o más de algún asociado, excepto en el caso de incapacidad médica por accidente laboral o de incapacidad médica permanente, el FODUN pagará al docente asociado como auxilio de incapacidad médica, el 35% del sueldo mensual que devenga en la Universidad Nacional, dividido por 30 y multiplicado por el número de días de la incapacidad médica, hasta un máximo de cinco (5) SMLMV, sin que dicho valor exceda el monto que el asociado dejo de percibir por concepto de incapacidad, debidamente certificado por la Universidad Nacional de Colombia.
- El auxilio será efectivo a partir del sexto mes después del ingreso o reingreso.
- El Costo anual del servicio, pagadero anualmente a 1º de enero y deducible de la cuenta de Ahorros Voluntarios del asociado, es del 10% del Salario Mínimo Mensual.
- El programa es de carácter solidario y en consecuencia obligatorio para todos los asociados al FODUN.
- El FODUN pagará en cada vigencia anual con cargo a este fondo, a lo más 180 días de incapacidades médicas por asociado. No se pagarán incapacidades médicas a los asociados pensionados ni a quienes se les declare incapacidad permanente.
- Deben presentarse la solicitud con los documentos dentro de los 90 días calendario siguientes a la finalización de la incapacidad; después de este lapso, no habrá lugar a reclamación del auxilio.
Requisitos para reclamar el auxilio por incapacidad médica:
FODUN se permite recordar que para acceder al auxilio por incapacidad médica, deben presentar en la oficina de Bienestar Social los siguientes documentos:
- Copia de la incapacidad médica expedida por la EPS o UNISALUD (La solicitud escrita del auxilio de incapacidad deberá venir acompañada de fotocopia simple de la certificación expedida por el médico tratante de la EPS a la cual se haya afiliado el asociado. Las incapacidades expedidas por médicos particulares serán válidas siempre y cuando se verifique el descuento por parte de la Universidad).
- Copia del desprendible de pago o recibo de pago de la incapacidad expedido por la EPS.
- Certificación de incapacidad emitida por la División Salarial y Prestacional.
- Diligenciamiento del formato en las oficinas del FODUN.
- La solicitud deberá presentarse dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la finalización de la incapacidad; después de este lapso, no habrá lugar a reclamación del auxilio.